Colegios · Ley 21.719, artículo 16 quáter

La foto de su hijo la autorizó alguien. Demuéstrelo.

Un apoderado reclama que nunca autorizó esa publicación. Hoy la respuesta del colegio es una firma en la ficha de matrícula que decía «autorizo el uso de imágenes» y no distinguía entre el anuario y el Instagram. ConsientoPro convierte esa línea en permisos separados, con prueba de cuál dio cada apoderado y cuándo.

Hablemos de su colegio

Le contestamos nosotros. Sin formulario y sin robot.

Lo que de verdad cambia

Una firma general deja de servir cuando la ley pide «específico».

Lo que hay hoy en la ficha

«Autorizo al establecimiento el uso de imágenes del alumno con fines institucionales.»

Una autorización, para todos los usos, firmada una vez al matricular. Cubre el anuario y el video de admisión con las mismas trece palabras.

Lo que exige la Ley 21.719

«Libre, específico, informado e inequívoco.»

Específico quiere decir por finalidad. El apoderado que aceptó la foto de curso no aceptó por eso la campaña de matrícula del año siguiente, y la diferencia hay que poder mostrarla.

Dónde aparece la cara de un alumno

Cuatro usos distintos, cuatro permisos distintos.

Ninguno de estos es la atención educativa: son difusión del establecimiento. Y cada uno tiene un alcance distinto, así que el apoderado puede querer uno y no el otro — que es exactamente lo que hoy no se le puede preguntar.

01Redes sociales del colegio

La foto del acto, del campeonato o de la salida a terreno, publicada en Instagram o Facebook. Es el uso que más se hace y el que más reclamos genera.

02Sitio web y material de admisión

Las caras que aparecen en la página del colegio y en el folleto de matrícula. Publicidad del establecimiento, con menores adentro.

03Orla, anuario y murales

La foto de curso que queda impresa y colgada. Suele darse por supuesta y casi nunca tiene autorización escrita separada.

04Prensa y terceros

Cuando el diario local cubre un logro del colegio, o una fundación pide imágenes para su memoria. Sale del establecimiento y ya no vuelve.

Quién puede autorizar

En la básica, el alumno no decide. Decide su apoderado.

El artículo 16 quáter reparte por edad, y eso cambia quién tiene que estar del otro lado de la pantalla.

Menos de 14Autoriza el apoderado

Padres, representante legal o quien tenga el cuidado personal. Siempre, salvo que una ley diga otra cosa.

14 a 17Autoriza el estudiante

Se rige por las reglas de los adultos, con una excepción que importa.

La excepciónDatos sensibles bajo 16

Vuelven a requerir al apoderado. Y una fotografía identificable en contexto escolar puede serlo.

Por eso el sistema registra quién autorizó y en qué calidad, no solo que alguien apretó un botón. Si autorizó la madre, queda sellado que fue la madre.

Cuándo se recoge

En la matrícula, que es cuando pasan todos.

Una vez al año pasa el cien por ciento de los apoderados firmando cosas. No hay que inventar un trámite nuevo ni adelantarse a nada: es el mismo momento de siempre, hecho de otra forma.

  1. En el mesón. El apoderado escanea un código, marca en su teléfono qué autoriza y qué no, y queda sellado ahí mismo con constancia de quién del colegio lo atendió.
  2. A distancia. Para el que no puede ir, el enlace sale con la citación a matricular y llega marcado antes de que abra la ventana.
  3. Después. Cada apoderado tiene su propio enlace permanente para cambiar de opinión, gratis, sin pedírselo a nadie del colegio.

Preguntas que nos hacen

Lo que pregunta un sostenedor.

Nosotros ya tenemos una autorización firmada en la matrícula. ¿No basta?

Depende de cómo esté redactada. Lo habitual es una línea en el reglamento interno o en la ficha que dice «autorizo el uso de imágenes del alumno». Es una autorización general, para todo uso, firmada una vez. El artículo 12 de la Ley 21.719 exige que el consentimiento sea específico, y específico significa por finalidad: el apoderado que acepta la orla no aceptó por eso el video promocional. Lo que hacemos es convertir esa línea en permisos separados, con constancia de cuál aceptó cada quien.

¿Quién tiene que autorizar, el alumno o el apoderado?

El artículo 16 quáter lo resuelve por edad. Para los menores de 14 años, el consentimiento lo dan los padres, el representante legal o quien tenga el cuidado personal: en toda la básica autoriza siempre el apoderado. Entre 14 y 17 se autorizan como adultos, salvo los datos sensibles de menores de 16, que vuelven a requerir al apoderado. Todo bajo el interés superior del niño y su autonomía progresiva.

¿Esto nos obliga a cambiar el reglamento interno?

No lo obliga esta ley, pero le va a tocar abrirlo igual. La Ley 21.809 de convivencia escolar rige desde el 1 de julio de 2026 y abre un período de adecuación de los reglamentos internos que corre hasta abril de 2027. La autorización de uso de imagen vive en ese mismo documento, así que conviene corregir el texto en la pasada.

¿Cuándo se recoge? No queremos alargar la matrícula.

En la matrícula misma, y no la alarga: el apoderado escanea un código en el mesón y marca en su teléfono lo que autoriza. Queda sellado ahí mismo, con constancia de quién del colegio lo atendió. Para el apoderado que no puede ir, el enlace sale con la citación y llega marcado.

¿Y si un apoderado se arrepiente después?

Revoca cuando quiera, desde su propio enlace, gratis y sin pedírselo a nadie del colegio. La revocación queda registrada con su fecha igual que la autorización, y el registro muestra las dos: qué autorizó, cuándo, y cuándo dejó de autorizarlo. Eso es justamente lo que hoy no se puede demostrar cuando alguien reclama.

¿Ustedes nos garantizan que cumplimos la ley?

No, y desconfíe de quien se lo prometa. Le entregamos la prueba del consentimiento y los documentos; quien responde es el sostenedor. Si necesita que alguien se los adapte y se los defienda, le pasamos el contacto de un estudio de abogados. Hasta ahí llegamos.

Todavía no abrimos inscripciones.

El motor ya está en producción y el registro del apoderado está construido y probado. Lo que falta son los textos revisados por abogado, y no vamos a inventar una fecha ni un precio para llenar esta página.

Si su colegio va a matricular en diciembre, escríbanos ahora: entra en la primera tanda, sin costo de puesta en marcha.

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